Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único Apruébanse los Estatutos para la Empresa Colombiana de Petróleos, adoptados por la Junta Directiva en Resolución número 1 de 7 de mayo del año en curso, y sostenidos a la apropiación del Gobierno.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 18 de mayo de- 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Fomento,
Manuel Carvajal Sinisterra
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