Por el cual se restablece el servicio telegráfico en el Municipio de Tensa
El Presidente de la República de Colombia,
considerando:
Que el Inspector de la Sección 7 de líneas telegráficas comunica: con fecha, 28 del presente mes el honorable Concejo Municipal de Tensa se comprometió a suministrar un local Adecuado para el servicio la Oficina Telegráfica de dicho lugar,
decreta:
Artículo 1° Restablécese el servició telegráfico .en el Municipio, de Tensa, suspendido por Decreto número 1005, de 9 de los corrientes.
Artículo 2° El Inspector de Telégrafos de la Sección. 7ª, hará entrega del archivo, útiles y demás enseres ele la Oficina a la Telegrafista .señora Mercedes Quimbay de .Rodríguez, quien continuará. al frente de su empleo de acuerdo con el nombramiento que se le hizo por Decretó número 2416, de 27 de diciembre de 1919.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de julio de 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Correos y Telégrafos, Manuel M.VALDIVIESO.
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