Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el ramo de Caminos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase el cargo de Abogado de las siguientes vías nacionales: carretera Soapaga-Socha-Támara, camino del Cravo, carretera del Cusiana y carretera del Progreso, con la asignación mensual de $ 280, que se pagará por partes iguales entre las obras mencionadas.
Artículo 2.° Para desempeñar el cargo a que se refiere el artículo anterior, nómbrase al doctor Tomás Cerón Camargo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de junio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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