Por el cual se hace un distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 6.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1969-08-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 35 de 1968, corresponde al Gobierno Nacional distribuirlas partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán la firma, del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos, en el texto, de cada apropiación;

Que el Ministerio de desarrollo Económico ha propuesto la distribución de la cantidad de $ 6.000.000.00, apropiada en el Capítulo 565, Programa 668, artículo 5935 del Presupuesto de la actual vigencia, para Planeación y Fomento en el Departamento del Chocó, y Que el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto, han estudiado y encontrado ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta,

DECRETA:

Artículo 1°. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
CAPITULO 505
Ministerio de Desarrollo Económico
Programa 668
Planeación y fomento de los Departamentos y Municipios
605, 264. Artículo 5935. Planeación y fomento del Departamento del Chocó, según distribución por decreto, previo estudio y aprobación del Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General del Presupuesto $ 6.000.000
Que se distribuye así: Que se distribuye así:
Aporte del Departamento al Fondo Departamental de Caminos Vecinales del Chocó para construcción de las siguientes vías: Aporte del Departamento al Fondo Departamental de Caminos Vecinales del Chocó para construcción de las siguientes vías:
Proyecto 1. Carmen-Depresión-La Eme 600.000
Proyecto 2. Cértegui-Bagadó 700.000
Proyecto 3. Istmina-Pepé 700.000
Proyecto 4. Balboa-Unguía 500.000
Proyecto 5. Caminos Vecinales y Puentes. Proyecto 5. Caminos Vecinales y Puentes.
Construcción y mantenimiento de caminos veredales y puentes según programa que será elaborado por la Secretaría de Obras Públicas del Departamento, conjuntamente con la Oficina Departamental de Planeación 450.000
Proyecto 6. Comunicaciones. Radioteléfonos: Para cubrir costos adicionales ocasionados por compra de radioteléfonos para el Departamento 135.000
Proyecto 7. Energía eléctrica. Compra e instalación de pequeñas plantas eléctricas en localidades del Departamento, según programa que será elaborado por la Oficina Departamental de Planeación 250.008
Fomento agropecuario y minero Fomento agropecuario y minero
Proyecto 8. Para fomento agropecuario y minero en la región de San Juan 110.000
Proyecto 9. Para fomento agropecuario y minero en la región del Atrato 110.000
Proyecto 10. Para fomento agropecuario en la costa chocoana del Pacífico 85.000
Proyecto 11. Fondo Ganadero. Aporte en acciones del Departamento del Chocó al Fondo Ganadero Departamental 100.000
Acción Comunal
Proyecto 12. Aporte del Departamento a los programas de Acción Comunal de Nivel Seccional, los cuales elaborará la Oficina Departamental en Planeación y la Oficina de Acción Comunal 220.000
Salud Pública
Proyecto 13. Campañas de Salud. Aporte del Departamento a las campañas de salubridad e higiene que adelanta el Ministerio de Salud en el Chocó 100.000
Proyecto 14. Acueductos. Para entregar al Instituto Nacional de Fomento Municipal, como aporte del Departamento para la ampliación de la planta y redes de distribución del acueducto de Quibdó 700.000
Educación Pública
Proyecto 15. Construcción de locales escolares 400.000
Proyecto 16. Reparación y dotación de locales escolares 140.000
Obras Públicas
Proyecto 17. Acondicionamiento del Hotel Citará, de Quibdó y mantenimiento del mismo 200.000
Proyecto 18. Adquisición de herramientas, equipo y repuestos mecánicos con destino al mantenimiento de la maquinaria y los automotores actualmente al servicio del Departamento 200.000
Administración
Proyecto 19. Sueldos y prestaciones sociales del personal de planta de la Oficina Departamental de Planeación 280.000
Proyecto 20. Para dotación de Oficina Departamental de Planeación 10.000
Proyecto 21. Para gastos de movilización y transporte de los funcionarios de la Oficina Departamental de Planeación 10.000
Total $ 6.000.000
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de julio de 1989.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y crédito público,

Abdón EspinosaValderrama.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.