Por el cual se reforma el marcado con el número 1089 de 14 de junio del corriente año

Rango Decreto
Publicación 1928-07-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1.º Derógase el aparte segundo del artículo único del Decreto número 1089 de 14 de junio en curso, el cual queda sustituido por este otro:

"Los estudios y trabajos que adelanta la Comisión creada por Decreto número 1357 de 11 de agosto de 1927, para el suministro en el Territorio de La Goajira, quedarán a cargo del ingeniero especialista en hidrología, doctor H. G. Eberlein, de la casa alemana Siemens Baunion, de acuerdo con el contrato celebrado. Dicho ingeniero formulará con la anticipación necesaria los presupuestos de gastos para cada mes y los someterá a la aprobación del Ministerio de Industrias. Una vez aprobados o modificados por esta entidad, se situarán en la Administración de la Aduana de Riohacha los fondos necesarios para cubrir los gastos de los trabajos y estudios que realice el ingeniero, y el Administrador pagará el valor de las cuentas comprobadas que por tal concepto se le presenten."

Artículo 2.º Queda en estos términos reformado el Decreto número 1089, el cual subsiste en las demás disposiciones que contiene.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de junio de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Industrias,

José Antonio MONTALVO

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