Por el cual se crea una oficina de información en Nueva York
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
1.° Que es una necesidad la creación de una Oficina de Información en Nueva York, como la tienen la mayor parte de los países de Sur América, para que haga conocer en el Exterior la riqueza mineral, vegetal y agrícola de Colombia, para que dé informaciones á los capitalistas, industriales ó inmigrantes, y para que fomente la venida de éstos;
2.° Que muchos naturales y extranjeros han pedido al Gobierno la creación de esta Oficina; y
3.° Que el honorable Consejo de Ministros ha emitido su concepto, en el sentido de que se llene esta necesidad creando la Oficina de que se trata,
DECRETA:
Artículo 1.° Créace en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, una Oficina de Información, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Fomento.
Artículo 2.° Esta Oficina será servida por un Director, con la asignación de $ 250, y $ 50 para gastos de oficina y escritorio. Estas sumas serán pagadas en el Consulado de Nueva York.
Artículo 3.° Son funciones del Director de la Oficina de Información: estudiar el estado, actual de la agricultura americana, europea y asiática, en relación con los puntos siguientes:
none) Rotación acostumbrada en los cultivos, y empleo del drenaje ó saneamiento de terrenos anegadizos; b) Distribución de los diferentes cultivos, según las zonas en que se verifiquen;
- e) Producto anual de las cosechas, y en cada una de éstas, el rendimiento por hectárea de sembradura;
- d) Calidad de las diversas razas de animales de las especies bovina, equina, ovina y de cerda; rendimiento anual de ellas en relación con su costo primitivo y sus gastos de crianza, sostenimiento y engorde;
- e) Semillas de café, cacao, tabaco, algodón, arroz, trigo, maíz y papa acostumbradas en cada país, y rendimiento y cualidades especiales de cada una de ellas;
- f) Precios corrientes de los artículos colombianos de exportación en los principales mercados del mundo;
- g) Estudio de nuevas productos que puedan exportarse de Colombia;
- h) Formación de un muestrario completo de los productos agrícolas, industriales y minerales de Colombia;
- i) Enviar catálogos de maquinaria agrícola, minera ó industrial;
- j) Empleo de abonos en el cultivo de las tierras;
- k) Empleo de sistemas de irrigación artificial y provisión de aguas para la agricultura;
- l) Instrumentos agrícolas empleados en la preparación de la tierra y recolección de los productos;
- m) Sistemas de explotación agrícola que más convendría implantar en Colombia, según los climas y demás condiciones físicas de las diversas localidades y zonas del país;
- n) Estudio de las enfermedades de las principales plantas cultivadas, especialmente del café, el algodón, el arroz, el cacao, el tabaco, el trigo, el maíz y la papa, y manera de combatirlas;
ñ) Estudio de las enfermedades de los animales domésticos, en especial el carbunclo, la renguera, la ranilla y la caquexia acuosa de los corderos, y métodos empleados para hacerlos inmunes para curarlos;
- o) Animales é insectos nocivos á las plantas cultivadas y á los animales domésticos, y métodos empleados para exterminarlos;
- p) Estudio de los sistemas modernos empleados en la explotación de minas de oro, plata, cobre, cal y carbón;
- q) Distribución geográfica de las plantas según los climas y demás condiciones físicas de los diversos países;
- r) Estudio de las plantas textiles (henequén, sanseviera, ramio, etc.), maquinaria empleada para beneficiarlas;
- s) Influencia de las leyes civiles sobre el desarrollo de la agricultura;
- t) Impuestos agrícolas y su influencia sobre las diversas producciones;
- u) Obstáculos que se oponen al progreso de la agricultura en Colombia y necesidades más urgentes de la agricultura nacional;
- v) Inmigración á Colombia y colonización;
- w) Hacer publicaciones frecuentes en ambas Américas, Europa y Asia, para que se conozcan las riquezas naturales de Colombia y las ventajas que ésta tiene para que en ella se establezcan inmigrantes extranjeros;
- x) Ponerse en relación con todas las Oficinas similares de América, Europa y Asia, para suministrar y adquirir los informes que se le pidan ó que él solicite;
- s) Presentar mensualmente al señor Ministro de Obras Públicas y Fomento un informe sobre los diversos puntos que le están encomendados.
Artículo 4.° El Ministerio de Obras Públicas y Fomento proveerá á la Oficina de Información de todas las leyes sobre minas, baldíos, inmigración, ferrocarriles, etc., y demás documentos oficiales que sean necesarios en aquella Oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 19 de Septiembre de 1906.
R. BEYES
El Ministro de Obras Públicas y Fomento,
F. DE P. MANOTAS
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