Por el cual se suprime una plaza, se crea otra y se hacen unos nombramientos en el Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímese la plaza de Operador de Radio en la Estación Inalámbrica de Montería, desempeñada por Pedro Lozano Romero, y con asignación mensual de $ 130.
Artículo 2° Créase en la Estación Inalámbrica de Medellín una plaza de Ayudante-Operador de Radio, con asignación mensual de $ 130.
Artículo 3° Nómbrase al señor Pedro Lozano Romero, Operador de Radio de la Oficina Radiotelegráfica en Santa Marta, en reemplazo del señor Apolinar Florez, quien pasa a otro, puesto.
Nómbrase al señor Apolinar Flórez, Ayudante-Operador de Radio en 1a Estación Inalámbrica en Medellín, para proveer la plaza creada en el articulo 2° del presente Decreto.
Articulo 4° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al capítulo 72, artículo 1254, de las apropiaciones vigentes.
Articulo 5° Este Decreto entrará en vigencia diez días después de su aprobación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de junio de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA D'COSTA
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