Por el cual se reforma el marcado con el número 2066 de 1915

Rango Decreto
Publicación 1916-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Los dos Oficiales de Recibo de la Oficina Telegráfica Central de que trata el Decreto número 2066 de 15 de diciembre de 1915, se denominarán en lo sucesivo primero y segundo Oficiales de Recibo, y éste último estará bajo las órdenes del primero.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de julio de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA.

El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.