Por el cual se aprueba el Acuerdo número 28 de 1976 (19 de octubre) de la Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

Rango Decreto
Publicación 1977-06-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

decreta:

Artículo 1° Con las modificaciones sobre equivalencia de grados salariales establecidas por el Decreto número 540 de 1977, (marzo 10). Apruébase el Acuerdo número 28 de 1976 (octubre-19), emanado de la Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 23 DE 1976

(octubre 19)

por el cual se adopta la nomenclatura del Decreto número 2554 de 1973, para unos empleos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.

La Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

acuerda:

Artículo 1° Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo (9°) del Decreto número 390 de 1975 (marzo 6), adóptase la nomenclatura establecida en el Decreto número 2554 de 1973, sus modificaciones y adiciones, para los siguientes empleos de la planta de personal de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares:
Gerencia Clase Grado
1 (un) Gerente II 34
Subgerencia Administrativa
1 (un) Subgerente I 31
1 (un) Asistente Administrativo I 21
1 (un) Almacenista III 18
Sección de Personal
1 (un) Jefe de Sección de Personal Asistencia I 25
Sección de Préstamos
1 (un) Liquidador de Cuentas I 14
Subgerencia Financiera
1 (un) Subgerente I 31
Sección de Arrendamientos
1 (un) Asistente Administrativo I 21
1 (un) Supervisor de Personal Auxiliar I 14
Sección de Parqueaderos
1 (un) Jefe de Sección de Personal Asistencial I 25
Artículo 2° Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo noveno (9°) del Decreto número 390 de 1975 (marzo 6), adóptase la nomenclatura establecida en el Decreto número 2554 de 1973, sus modificaciones y adiciones, para la clase de los siguientes empleos de la Planta de Personal de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares:
Gerencia Clase Grado
1 (un) Secretario Ejecutivo I 19
1 (un) Recepcionista II 13
1 (un) Chofer VIII 13
1(un) Auxiliar de Servicios Generales VIII 12
Asesoría Jurídica
1 (un) Asesor II 30
1 (un) Mecanotaquígrafo V 16
2 (dos) Mecanógrafos V 13
3 (tres) Mecanógrafos IV 12
Subgerencia Administrativa
1 (un) mecanotaquígrafo V 16
1 (un) Auxiliar de Almacén VI 13
1 (un) Chofer VII 13
1 (un) Mecanógrafo IV 12
1 (un) Operador de Conmutador III 12
1 (un) Auxiliar de Servicios Generales VII 11
Sección de Personal
1 (un) Supervisor de Personal Auxiliar V 18
3 (tres) Auxiliares de Servicios Generales VII 11
Sección de Asignaciones
1 (un) Jefe de Sección de Personal Asistencial I 25
1 (un) Mecanógrafo IV 12
Sección de Registro y Archivo
1 (un) Jefe de Sección de Personal Auxiliar IV 20
1 (un) Auxiliar de Servicios Generales IX 13
1 (un) Archivero I 12
2 (dos) Mecanógrafos IV 12
1 (un) Auxiliar de Servicios Generales VI 10
Sección de Préstamos
1 (un) Jefe de Sección de Personal Auxiliar IV 20
1 (un) Mecanógrafo IV 12
Subgerencia Financiera
1 (un) Dibujante I 16
1 (un) Mecanotaquígrafo V 16
1 (un) Chofer VII 13
3 (tres) Mecanógrafos IV 12
Sección de Contabilidad
1 (un) Jefe de Sección de Personal Asistencial III 27
2 (dos) Operadores de Máquina de Contabilidad I 15
1. (un) Auxiliar de Servicios Generales VIII 12
3 (tres) Mecanógrafos IV 12
Servicio de Pagaduría
1 (un) Tesorero I 21
1 (un) Cajero III 15
2 (dos) Pagadores Auxiliares II 13
Sección de Presupuesto
1 (un) jefe de Sección de Personal Asistencial II 26
1 (un) Mecanógrafo IV 12
Sección Fiduciaria
1 (un) Jefe de Sección de Personal Asistencial IV 28
1 (un) Asistente Administrativo II 22
1 (un) Auxiliar de Servicios Generales IX 13
Sección de Arrendamientos
1 (un) Jefe de Sección de Personal Auxiliar V 21
2 (dos) Supervisores de Personal Auxiliar III 26
5 (cinco) Recepcionistas I 12
47 (cuarenta y siete) Auxiliares de Servicios Generales VI 10
Sección de Parqueaderos
1 (un) Asistente Administrativo I 21
5 (cinco) Cajeros I 13
16 (diez y seis) Auxiliares de Servicios Generales VI 10
Sección de Mantenimiento
1 (un) Jefe de Sección de Personal Auxiliar V 21
1 (un) Chofer VII 13
Sección Teatro Tisquesusa
1 (un) Jefe de Sección de Personal Asistencial I 25
1 (un) Cajero I 13
1 (un) Vendedor V 10
2 (dos) Auxiliares de Servicios Generales III 7
3 (tres) Auxiliares de Servicios Generales II 6
Artículo 3° el Presente Acuerdo requiere la aprobación del Gobierno Nacional.
Artículo 4° Este Acuerdo Rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de octubre de 1976.

(Fdo.) General Federico Rincón Puentes, Comandante de la Fuera Aérea, Presidente de la honorable Junta Directiva.

(Fdo.) Coronel (r) Luis Mosquera Gómez, Secretario de la honorable Junta Directiva".

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su espedición.

Cimuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a mayo 23 de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

El Ministro de Defensa Nacional.

General Abraham Varón Valencia

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Saturia Esguerra Portocarrero.

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