Por el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 767 del presente año

Rango Decreto
Publicación 1941-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que para la cumplida ejecución del Decreto número 767, de 24 de abril último, sobre liquidación de telegramas y radiogramas en el servicio, interno, se hace necesario comunicar a. las oficinas del ramo, con adecuada anticipación; instrucciones detalladas, sobre la manera de aplicar las tarifas lo que todavía no ha podido hacerse porque la. Imprenta Nacional ha retardado el trabajo de impresión de las tarifas e instrucciones,

DECRETA:

Artículo único. Aplazase hasta el 1° de agosto próximo la vigencia del Decreto número 767, de 24 de abril del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dada en Bogotá a 23 de junio de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

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