Por el cual se destina una partida para colonias escolares en el vaupés
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo 1° De la partida apropiada en el artículo 328, capítulo 57, del Presupuesto vigente, destínase la suma de $ 3,000 para auxiliar la construcción y sostenimiento de colonias escolares en la Comisaría del Vaupés.
Artículo 2° La suma destinada en el presente Decreto será girada al Tesoro Comisaria, en un solo contado, previa su incorporación en el presupuesto de la Comisaría del Vaupés.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de mayo de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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