Reformatorio del marcado con el número 392 de 1897 (26 de julio), sobre administración de las Intendencias nacionales

Rango Decreto
Publicación 1903-12-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades constitucionales, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto de carácter Legislativo número 1094, de fecha 27 de Noviembre último, determina que los sueldos del Ejército se cubran en oro y fija su cuantía,

DECRETA:

Artículo único. A contar del 1° de Diciembre en curso suprímense los sobresueldos de que hoy disfrutan, algunos Cuerpos de Ejército, sea cual fuere: el acantonamiento en donde presten sus servicios.

Parágrafo. Los efectos de la anterior disposición no alcanzan á los Cuerpos que prestan el servicio de zapadores, en cuanto se refiere á los individuos de tropa, quienes continuarán disfrutando del sobresueldo que hoy tienen.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 2 de Diciembre de 1903.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Guerra,

ALFREDO VASQUEZ COBO

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