Por el cual se levanta el estado de sitio en la Provincia de Cartagena

Rango Decreto
Publicación 1910-12-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales, y

considerando:

Que felizmente han desaparecido los motivos que obligaron al Gobierno a declarar, temporalmente, en estado de sitio la Provincia de Cartagena,

decreta:

Artículo 1.º Derógase en todas sus partes el Decreto número 1119 de fecha 12 del presente mes, y se declara, en consecuencia, restablecido el orden público en la Provincia de Cartagena.
Artículo 2.º como el Gobierno no tuvo necesidad de hacer uso de medidas extraordinarias para reprimir los desórdenes que ocurrieron en la ciudad de Cartagena, y por consiguiente no hay lugar a presentar expulsión alguna de sus providencias, se dispone que no es el caso de decretar la convocatoria de que trata el inciso 6.º del artículo 33 del Acto Legislativo número 3.º de este año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 17 de diciembre de 1910.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno, Jorge Roa. El Ministro de Relaciones Exteriores, Enrique Olaya Herrera-El Ministro de Hacienda, Tomas O. Eastman. El Ministro de Guerra, Mariano Ospina V.-El Ministro de Instrucción Pública, Pedro M. Carreño-El Ministro de Obras Públicas, Celso Rodriguez O.-El Ministro del Tesoro Geronimo Martinez A.

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