Por el cual se dictan varias disposiciones en el ramo de Prisiones

Rango Decreto
Publicación 1928-07-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.º Facúltase al Jefe de la Sección 2.ª del Ministerio de Gobierno para reorganizar las Secciones 1.ª y 2.ª de Presidio y Colonia Penal y Agrícola de Acacías, disponer los trabajos a que deban destinarse y puntos de localización de sus campamentos, disponer las traslaciones a que hubiere lugar, y establecer el régimen interno de ellas y sus relaciones con los ingenieros constructores a que las Secciones se destinen.

En ejecución de este mandato, el Jefe de la Sección indicada se trasladará inmediatamente a la Intendencia del Meta para atender a la localización, organización y movilización de la sección o secciones que crea necesarias, y para su traslación se le asigna como viáticos la suma de doscientos pesos ($ 200), que se imputarán a gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio de Gobierno, artículo 226 del Presupuesto y Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso. De los trabajos que ejecute dará cuenta pormenorizada al Ministerio del ramo.

Artículo 2.° Nómbrase Inspector ad honórem de la sección o secciones de presidio que el Jefe de la Sección 2.ª del Ministerio mencionado destine a la ejecución de los trabajos de la vía de Villavicencio a Restrepo y de los trabajos de éstos, al Administrador de las Salinas de Cumaral y Upín, señor Roberto Rodríguez M.
Artículo 3.° Serán funciones del Inspector: velar porque en las Secciones se cumplan los reglamentos de ellas, las órdenes del Gobierno y las disposiciones del Jefe de la Sección 2.ª del Ministerio, las instrucciones sobre los trabajos que den los ingenieros, dar cuenta al dicho Jefe de toda falta que note y estado de los campamentos y herramientas, y las instrucciones particulares que reciba del empleado indicado en el artículo 1.º de este Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Gobierno,

Enrique J. ARRAZOLA

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