por el cual se aclara el artículo 94 del Decreto 525 de 1990
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren los ordinales 3°, 12 y 19 del artículo 120 y el artículo 135 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Aclárase el artículo 94 del Decreto 525 del 6 de marzo de 1990, en el sentido de que el Decreto derogado es el número 2416 del 23 de noviembre de 1988 y no el 1416 de 1988, como allí aparece.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 31 de mayo de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Gobierno,
Horacio Serpa Uribe.
El Ministro de Educación Nacional,
Manuel Francisco Becerra Barney.
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
Carlos Enrique Garzón González.
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