Que crea las Oficinas Telegráficas - administraciones de Correos de Arbeláez y Pandi
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo
DECRETA:
Artículo único. Créanse las Oficinas Telegráficas-Administraciones de Correos de Arbeláez y Pandi, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensual:
| Un Telegrafista-Administrador de Correos | $ | 40 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 5 | |
| Escritorio y alumbrado | 2 |
Nómbrase Telegrafistas-Administradores de Correos de Arbeláez y Pandi, respectivamente, á las señoritas Inés Parra y Belarmina Pérez
Comuníquese y publíquese.
Dado en Madrid (Departamento de Cundinamarca), á 25 de Enero de 1894.
- M. A CARO.
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,
José Domingo Ospina C.
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