Por el cual se reforma el de fecha 22 de Enero de 1904, número 76, y se reconocen unos sueldos
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Art. 1.° Desde el día 1.° del presente mes el salario mensual de cada uno de los Jefes 1° y 2.° de la Sección 3a (servicio oficia;) de la ministración general de Correos Nacionales será de $ 40 oro; y el de cada uno de los Jefes 1.° y 2.° de la Sección 4° de la misma. Administración, el de $ 45 oro.
Queda en estos términos .reformado el Decreto número 76, expedido el 22 de Enero de 1904 (Diario Oficial número 11,988).
Art. 2.° Reconósese al Jefe de la Oficina 2 de la Sección 3 (Oficial) y al Subjefe de la Sección 5. (servicio de lista), Sres. José María Zaldúa y Leónidas Arango M respectivamente el sueldo que les corresponda como tales empleadlos en los días de Enero próximo pasado que ge expresan, fechas desde las cuales se hallan prestando sus servicios.
Al primero, desde el día 16, á razón de $45 oro; y al segundo, desde el día 12, á razón de $ 35 oro, por mes.
Comuníquense y publíquese.
Dado en Bogotá, a 4 de Febrero de 1904.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno
ESTEBAN JARAMILLO
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