Por el cual se establece la planta de personal del Departamento Administrativo Nacional de Estadística
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el ordinal, 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias del Departamento Administrativo Nacional de Estadística serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
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