por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el consejo de Ministros en su sesión del día 22 de abril de 1949, autorizo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acata respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
| Capítulo 108 | ||
|---|---|---|
| Del artículo 2142. Para, adquisición de equipos para el Puerto Terminal de | ||
| Barranquilla y Bocas de Ceniza , y para conservación y reparación del | ||
| actualmente en servicio en el año | $ | 6.455.05 |
| Capítulo 118 | ||
| Del artículo 2359-A Para la reconstrucción del Hotel de Turismo de Túquerres | 70.000.00 | 70.000.00 |
| Suman los contracrédito | $ | 76.455.05 |
| Capítulo 118 | ||
| Al artículo, 2359-A. Para la, reconstrucción de Túquerres | $ | 70.000.00 |
| Capítulo 120. | ||
| Al artículo 2397. Para el pago de cuentas pendientes de toda clase, | ||
| correspondientes a vigencias anteriores | 6.455.05 | |
| Suman los créditos | $ | 76.455.05 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de abril de 1949
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda, y Crédito Público,Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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