por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1949-05-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que el consejo de Ministros en su sesión del día 22 de abril de 1949, autorizo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acata respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 108
Del artículo 2142. Para, adquisición de equipos para el Puerto Terminal de
Barranquilla y Bocas de Ceniza , y para conservación y reparación del
actualmente en servicio en el año $ 6.455.05
Capítulo 118
Del artículo 2359-A Para la reconstrucción del Hotel de Turismo de Túquerres 70.000.00 70.000.00
Suman los contracrédito $ 76.455.05
Capítulo 118
Al artículo, 2359-A. Para la, reconstrucción de Túquerres $ 70.000.00
Capítulo 120.
Al artículo 2397. Para el pago de cuentas pendientes de toda clase,
correspondientes a vigencias anteriores 6.455.05
Suman los créditos $ 76.455.05
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de abril de 1949

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda, y Crédito Público,Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.

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