Por el cual se crea una oficina y se hace un nombramiento en el ramo Telegrafico

Rango Decreto
Publicación 1921-10-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Créase la Oficina Postal y Telegráfica de San José (Departamento de Caldas), con el personal y asignaciones mensuales siguientes;
Un Telegrafista Administrador de Correos. con $ 40
Un Cartero, con 5
Para gastos de alumbrado 1
Artículo 2° Nómbrase Telegrafista Administrador de Correos de San José, al señor José Luis Ramírez.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de septiembre de 1921.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Aristóbulo ARCHILA.

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