por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 938 de fecha 21 de mayo de 1993
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con el literal h) del artículo 45 del Decreto 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el artículo 2° del Decreto número 938 de fecha 21 de mayo de 1993, el cual quedara así:
"Artículo 2° Créase en la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas, ONU, con sede en Ginebra, Suiza, el cargo de Ministro Consejero, grado ocupacional 5 EX, con una asignación básica mensual de tres mil nueve dólares (US$ 3.009), y nómbrase provisionalmente para desempeñarlo a la doctora María Carrizosa de López".
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 17 de junio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Viceministro de América y Soberanía Territorial encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
Andelfo García González.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
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