Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1997
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 59 de la Ley 179 de1994,
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 331 del 18 de diciembre de 1996 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1997, el cual se liquidó por medio del Decreto 2373 del 30 de diciembre de 1996;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que la Ley 352 de enero 17 de 1997 en su artículo 63 establece que el pago del Subsidio Familiar al personal del nivel ejecutivo, que efectuaba el Instituto de Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, se hará directamente a través de la nómina de la Policía Nacional;
Que de conformidad con el artículo 59 de la Ley 179 de 1994, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante Decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;
Que el Jefe de la División de Presupuesto del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, Inssponal, certifica que en el presupuesto de Funcionamiento de la entidad existe disponibilidad presupuestal libre de afectación en la Unidad 01 Cuenta 3 Subcuenta 5 Objeto 3 Ordinal 6 Subsidio Familiar Nivel Ejecutivo por valor de $1.500.000.000;
DECRETA:
ARTÍCULO 1º .Ajustar la Ley de Apropiaciones y el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia de 1997, para atender gastos de funcionamiento concernientes a traslados de funciones, por la suma de Mil quinientos millones de pesos ($1.500.000.000), según el siguiente detalle:
CONTRACREDITOS
Sección 1517
Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional
Unidad 1517 01 Gestión General
| CTA | SUBC | OBJC | ORD | REC | CONCEPTO | VALOR |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 3 | Transferencias corrientes | |||||
| 3 | 5 | Transferencias de previsión | ||||
| y seguridad social | ||||||
| 3 | 5 | 3 | Otras transferencias de | |||
| previsión y seguridad | ||||||
| social | ||||||
| Subsidio familiar nivel | ||||||
| 3 | 5 | 3 | 6 | 1 | ejecutivo | 1.500.000 |
| CTA | SUBC | OBJC | ORD | REC | CONCEPTO | VALOR |
| CREDITOS | ||||||
| Sección 1601 | ||||||
| Policía Nacional |
Unidad 1601 01 Gestión General
| CTA | SUBC | OBJC | ORD | REC | CONCEPTO | VALOR |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Gastos de personal | |||||
| 1 | 0 | 1 | Servicios personales | |||
| asociados a nómina | ||||||
| 1 | 0 | 1 | 5 | 01 | Otros | 1.500.000.000 |
Artículo 2º.El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíque se y cúmplase
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 24 de abril de 1997
Ministro de Hacienda y Crédito Público
José Antonio Ocampo Gaviria
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