Por el cual se establece un nuevo régimen de importación para algunas Posiciones del Árancel Aduanero
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere la Ley 1ª de 1959, y
considerando:
1.° Que los artículos 1.° y 4.° de la Ley 1ª de 1959, autorizan al Gobierno para modificar las listas de mercancías de prohibida importación y la que requiere licencia previa de la Superintendencia Nacional de Importaciones, con concepto tanto de dicha entidad como del Consejo Nacional de Política Económica y Planeación;
2.° Que la Junta Directiva de la Superintendencia Nacional de Importaciones conceptuó favorablemente al traslado de las Posiciones arancelarias detalladas en este Decreto;
3.° Que igualmente el Consejo Nacional de Política Económica y Planeación ratificó la conveniencia de los traslados que se autorizan en la presente disposición,
decreta:
Artículo 1.° Para todos los efectos legales constituyen mercancías sujetas al régimen de licencia previa de la Superintendencia Nacional de Importaciones, las denominadas y comprendidas en los numerales del Arancel de Aduanas que se detallan a continuación:
| Posición: | Denominación: |
|---|---|
| 221 | Acidos inorgánicos no denominados ni comprendidos en otra parte: c) Acidos fosfóricos, incluso el anhídrido: 1. Acido fosfórico destinado a la industria de producción de abonos. 2. Los demás. |
| 240 | Sales del ácido sulfúrico, incluso de alumbres: a) Sulfato y bisulfato de sodio. |
| 664 | Vidrio en bruto (con excepción del vidrio óptico); vidrio no trabajado, en barras, varillas o tubos: c) Tubos: 1. De vidrio neutro. 2. Para fabricación de tubos fluorescentes. |
| 866 | Bombillas y tubos para alumbrado eléctrico: c) Otras: 3. Las demás. |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 27 de mayo de 1963.
guillermo leon valencia.
El Ministro de Fomento,
Aníbal Vallejo Alvarez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.