por el cual se crea la Oficina para el servicio del radio en Bogotá, y se nombran algunos de los empleados que deben servirla

Rango Decreto
Publicación 1929-07-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Créase la Oficina para el servicio del radio en Bogotá, de acuerdo con el contrato celebrado por el Gobierno Nacional y la Compañía Marconi's Wireless Telegraph Company, Ltd., con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresa:

Un Interventor, con $ 200
Cuatro Oficiales de Recibo, cada uno con 130
Siete Mensajeros, cada uno con 65

Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos para ocupar algunos de los puestos creados por el artículo anterior:

Oficiales de Recibo, señores Roberto Urrea P., Enrique Alvaro García, Gustavo Corredor y Eduardo García Piedrahita. Mensajeros, señores Guillermo Gutiérrez Caldas, Miguel González, José A. Forero, Luis Eduardo Abella, Rogerio Llanos, Alejandro Parra y Ricardo Robayo.

Artículo 3° Los sueldos de los empleados de que trata el presente Decreto serán pagados por la Compañía Marconi's Wireless Telegraph Company, Ltd., conforme a lo estipulado en el contrato a que se ha hecho referencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de julio de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús garcia

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