Por el cual se deroga el Decreto número 0767 de 1951
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales.
DECRETA
Artículo único. Derógase el Decretó número 0707 de 1950, por el cual se suspendió temporalmente el funcionamiento de la Oficina Nacional de Precios y de la Oficina Delegada de Precios de Cundinamarca.
Este Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de mayo de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Antonio Álvarez Restrepo - El Ministró de Fomento, Manuel Carvajal Sinisterra
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