Por el cual se adiciona el Decreto número 164 de 1950, orgánico del manejo de Presupuesto

Rango Decreto
Publicación 1954-04-19
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo. 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional,

DECRETA:

Artículo 1° El personal encargado del manejo del Presupuesto en todos los Ministerios será escogido para su nombramiento conjuntamente por el Ministro de Hacienda y el respectivo Ministro o Jefe de Departamento, y será nombrado por decreto ejecutivo, con las firmas de los dos Ministros o del Jefe del Departamento interesado.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de abril de 1954.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Agricultura,

Brigadier General Arturo Chary.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

El Ministro de Educación Nacional,

Daniel Henao Henao.

El Ministro de Comunicaciones,

Coronel Manuel Agudelo.

El de Obras Públicas'

Santiago Trujillo Gómez.

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