Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico), por $ 11.684.000 y se hace una aclaración
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad y Desarrollo Económico, por medio de las Resoluciones números 0379, 01708 y 182 de 1978 declararon sobrante la suma de $14.084.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con los dispuesto en el artículo 113 del decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de reserva y Disponibilidad números 22,25 y 26 por $7.600.000 $ 6.840.000 y de $ 244.000, respectivamente, para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978:
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