Por el cual se suprimen unas plazas y se crean otras y unas oficinas en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1920-06-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo 1.º Suprímese una plaza de Ayudante en cada una de las Oficinas Telegráficas de Dolores (Tolima) y Natagaima, y créanse dos más en la de Girardot, con las mismas asignaciones mensuales dé las de su clase en esta última Oficina.
Artículo 2.º Créanse las Oficinas Telegráficas de Chimbe (Cundinamarca) y Puerto Asís (Putumayo), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:

Chimbe.

Un Telegrafista Administrador de Correos con $ 30
Un Cartero, con 5
Para gastos de alumbrado 1

Puerto Asís.

Un Telegrafista Administrador de Correos con 50
Un Cartero, con 5
Para gastos de alumbrado 3

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de junio de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ - El Ministro de Gobierno, LuisCUERVO MARQUEZ.

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