Por medio del cual se suprime una Sección de Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 16 del presente mes suprímese la Sección de Policía Nacional de Piedra Linda, compuesta por un Cabo y seis Agentes, la que venia prestando sus servicios como agregada a la Sección del Meta, por haberse liquidado la Sociedad Nacional del Carare.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de junio de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro del Gobierno,
Jorge GARTNER
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