por el cual se abre un crédito al Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1949-05-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas)

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que las Leyes 88 de 1931, 175 de 1938 y 35 de 1945 facultaron al Gobierno para pavimentar las carreteras nacionales que por su intensidad de tránsito requieren un afirmado de mayor duración que el comúnmente empleado, y lo autorizaron para arbitrar los recursos necesarios a la realización de dichas obras, incluida en ellas la facultad de aceptar de los Departamentos los préstamos que éstos quisieren hacerle con tal fin;

Que en desarrollo de dichas autorizaciones, y con fechas 12 y 15 de marzo de 1947, el Gobierno Nacional suscribió un contrato con el Departamento del Valle, por medio del cual éste se comprometió a prestar a la Nación la cantidad de $ 1.000.000 en cada uno de los años de 1947, 1948 y 1949, con destino a las obras de pavimentación del sector de carretera Palmira-Cartago que forma parte de la gran troncal occidental:

Que en Cumplimiento del contrato anteriormente citado dicho Departamento ha depositado en la Tesorería General de la República la cantidad de $ 400.000, según consta en la certificación expedida en ofició número 3840, del 28 de febrero último del señor Contralor General de la República;

Que tal depósito debe incorporarse en las apropiaciones del Presupuesto vigente para que pueda ser utilizado por el Ministerio de Obras Públicas, y

Que tanto el Consejo de Ministro como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y emitido concepto favorable a la apertura de un crédito al Presupuesto vigente con respaldo en dicho nuevo recurso fiscal, según consta en el expediente levantado sobre el particular.

DECRETA:

Artículo 1° Con base en la suma de cuatrocientos mil pesos moneda corriente, depositada en la Tesorería General por el Departamento del Valle, en cumplimiento del contrato de préstamo a que se refieren los considerandos del presente Decreto, nuevo recurso fiscal debidamente certificado por el señor Contralor General de la República, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 111.

Artículo 2167-B. Para continuar la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago $ 400.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige, desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de abril de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

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