por el cual se declara como Monumento Nacional la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca

Rango Decreto
Publicación 1997-04-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6º de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente, la calificación de ciudades, sectores de ciudades, zonas o accidentes geográficos o inmuebles como Monumento Nacional;

Que fue presentada ante el Consejo de Monumentos Nacionales la propuesta para la declaratoria como Monumento Nacional de la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali;

Que el Consejo de Monumentos Nacionales, determinó proponer al Gobierno Nacional, mediante Resolución número 002 del 12 de marzo de 1982, la declaratoria como Monumento Nacional de la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca,

DECRETA:

Artículo 1º. Declarar como Monumento Nacional la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca.

Artículo 2º. En aplicación a lo dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones, y obras de defensa y conservación que deban efectuarse en la Iglesia de San Antonio, localizada en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de abril de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Educación Nacional,

Jaime Niño Diaz.

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