por el cual se promulga el "Acta final de la Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (Infopesca)", hecha en San José de Costa Rica el 18 de febrero de 1994
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 ordinal 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1º dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdos, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;
Que la misma ley en su artículo 2º ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;
Que el 3 de febrero de 2000 Colombia, previa aprobación del Congreso Nacional mediante Ley 498 del 4 de marzo de 1999, publicada en el Diario Oficial número 43.525 y declarada exequible, junto con el acta, por la Corte Constitucional en Sentencia C-785/99 del 13 de octubre de 1999, depositó ante el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, el instrumento de adhesión al "Acta Final de la Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe, Infopesca", hecha en San José de Costa Rica el 18 de febrero de 1994, instrumento internacional que entró en vigor para Colombia el 3 de febrero de 2000, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4, del artículo 22 del Anexo I al Acta Final;
DECRETA:
Artículo 1º. Promúlgase el "Acta Final de la Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (Infopesca), hecha en San José de Costa Rica el 18 de febrero de 1994.
(Para ser transcrito en este lugar se adjunta fotocopia del "Acta final de la Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (Infopesca)", hecha en San José de Costa Rica el 18 de febrero de 1994).
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Guillermo Fernández de Soto.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.