Por el cual se distribuyen unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1938-03-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Los fondos votados en el artículo 274, capítulo 46, de la Ley de Apropiaciones vigente, para sueldos de la Escuela Normal de Varones de Tunja, se distribuyen así: Escuela Normal de Varones, de Tunja.
Mensual En el año.
Del Rector; en doce meses $ 250.00 3,000.00
Del Vicerrector, en doce meses 160.00 1,920.00
Del Secretario Habilitado, en doce meses 130.00 1,560.00
De ocho Directores de grupo, a $ 140 mensuales cada uno, en doce meses 1,120.00 13,440.00
Del Director de la Escuela Anexa, en doce meses 150.00 1,800.00
De cinco Profesores de la Anexa, a $ 100 mensuales cada uno, en doce meses 500.00 6,000.00
Del Capellán, en doce meses 50.00 600.00
Del Médico, en doce meses 80.00 960.00
Del Enfermero, en doce meses 30.00 360.00
Del Dentista, en doce meses 50.00 600,00
Del Ayudante de la Secretaría, en doce meses 40.00 480.00
Del Bibliotecario, en doce meses 60.0.0 720.00
Del Agrónomo, en doce meses 100.00 1,200.00
Del Profesor de Trabajos manuales, en doce meses 100.00 1,200.00
Del Profesor de Música, en doce meses 50.00 600.00
Del Profesor de Trabajos manuales, en doce meses 60.00 720.00
Del Profesor de Dibujo, en doce meses 60.00 720.00
Del Chofer, en doce meses 40.00 480.00
De ocho Profesores externos, a $ 25 mensuales cada uno, en doce meses 200.00 2,400.00
Total $ 38,760.00
Artículo 2° La partida votada en el artículo 275, capítulo 46, de la Ley de Apropiaciones vigente, para becas y pensiones alimenticias en la Escuela Normal de Varones de Tunja, se distribuye así: De ciento ocho alumnos internos becados, a $ 17 mensuales cada uno, en nueve meses y medio $ 1,836.00 17,442.00
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De diez y ocho empleados internos, a $ 17 mensuales cada uno, en doce meses 306.00 3,672.00
Total $ 21,114.00
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 26 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín CASTRO M. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 26 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín CASTRO M. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 26 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín CASTRO M. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 26 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín CASTRO M.
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