por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto número 0197 de 1° de febrero de 1955

Rango Decreto
Publicación 1958-05-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 0197 de 1° de febrero de 1955 se dio un nuevo estatuto a la Universidad Pedagógica Nacional Femenina, y

Que es necesario dar representación en el Consejo Directivo de dicha Universidad a la Curia Metropolitana, como también fijar periodo al representante del Profesorado,

DECRETA:

Artículo 1°. El Consejo Directivo de 1a Universidad Pedagógica Nacional Femenina se compondrá de los siguientes miembros: del Secretario General del Ministerio de Educación Nacional, que será su Presidente; de la Rectora de la Universidad, que será su Vicepresidente; de un representante de la Curia, nombrado por el Cardenal Arzobispo de Colombia; de un representante del profesorado universitario, elegido por los profesores de la Universidad, y de un representante del alumnado, puesto que ocupara el universitario de último año que haya obtenido en su carrera las más altas calificaciones de conformidad con las disposiciones del Decreto 3708 de 1950.

Parágrafo. Los tres últimos miembros serán elegidos para periodos de un (l) año.

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E, 16 de abril de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca. - Vicealmirante Rubén Piedrahita A. - Brigadier General Rafael Navas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, Mayor General Píoquinto Rengifo. - El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sánz de Santamaría. - El Ministro de Justicia, José María Villarreal. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. - El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya. - El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar. - El Ministro del Trabajo. Raimundo Emiliani Román. - E1 Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. - El Ministro de Fomento, Harold Eder Caicedo. - El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala. - El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta. - El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz. - El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.

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