Por el cual se dictan varias medidas relacionadas con la Escuela de Aviación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Facúltase al Director de la Escuela Militar de Aviación para nombrar en lo sucesivo el personal contratado de dicho Instituto, dando cuenta al Ministerio de Guerra.
Artículo 2º. Asciéndese a la categoría de Pilotos de pista a los señores Mayor Félix Castillo Mariño, Capitán Luis Silva Gómez, Teniente Delfín Torres y Abraham Liévano, y Subteniente Eduardo Gómez P.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de octubre de 1921.
MARCO FIDEL SUAREZ
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Guerra,
Aristóbulo ARCHILA.
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