Por el cual se organizan trabajos de estudio y construcción en una vía nacional

Rango Decreto
Publicación 1928-07-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Para llevar a cabo los trabajos de trazado, localización y construcción de la vía nacional de Occidente, en el trayecto de Pajoso al Líbano, por San Lorenzo, se nombra el siguiente personal, con las asignaciones mensuales que se indican en seguida:
Ingeniero Jefe, señor Roberto Cardona, con $ 450
Ingeniero primer Ayudante, señor Emilio Domínguez, con 350
Ingeniero segundo Ayudante, señor Niels Elsin 300
Dibujante, señor Eduardo Cardona 200
Cajero Contador, señor Eduardo Toquica 180
Artículo 2.º El personal directivo de que trata este Decreto dependerá del Ministerio de Obras Públicas, Despacho al cual presentará los presupuestos, informes sobre trabajos, etc. Antes de posesionarse el Cajero Contador debe prestar fianza de acuerdo con los requisitos exigidos por la Contraloría General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Solero PEÑUELA

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