Por el cual se organizan trabajos de estudio y construcción en una vía nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Para llevar a cabo los trabajos de trazado, localización y construcción de la vía nacional de Occidente, en el trayecto de Pajoso al Líbano, por San Lorenzo, se nombra el siguiente personal, con las asignaciones mensuales que se indican en seguida:
| Ingeniero Jefe, señor Roberto Cardona, con | $ | 450 |
|---|---|---|
| Ingeniero primer Ayudante, señor Emilio Domínguez, con | 350 | |
| Ingeniero segundo Ayudante, señor Niels Elsin | 300 | |
| Dibujante, señor Eduardo Cardona | 200 | |
| Cajero Contador, señor Eduardo Toquica | 180 |
Artículo 2.º El personal directivo de que trata este Decreto dependerá del Ministerio de Obras Públicas, Despacho al cual presentará los presupuestos, informes sobre trabajos, etc. Antes de posesionarse el Cajero Contador debe prestar fianza de acuerdo con los requisitos exigidos por la Contraloría General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de junio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Solero PEÑUELA
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