Por el cual se reorganiza la Sección de Navegación del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta la autorización conferida al Gobierno por el artículo 14 de la Ley 55 de 1927,
DECRETA:
Artículo 1.º La Sección de Navegación del Ministerio de Obras Públicas se llamará en adelante Dirección General de Navegación y Puertos-Sección 6.ª-del Ministerio de Obras Públicas, y tendrá a su cargo los siguientes negocios: todo lo relativo a la construcción de muelles, faros, boyas y obras marítimas y fluviales en general; la supervigilancia de estas obras, sea que se desarrollen por contrato o por administración directa; los reglamentos y tarifas de las empresas fluviales de transportes; todo lo relativo a la navegación marítima y fluvial; la reglamentación del servicio de alumbrado de los puertos y costas de ambos litorales, y todo lo demás que tenga relación con los asuntos expresados.
Artículo 2.º A partir de la fecha del presente Decreto, el personal y asignaciones mensuales de la expresada Sección serán los siguientes:
| Un Jefe Director General, con | $ | 400 |
|---|---|---|
| Un Ingeniero hidráulico consultor, especializado en la construcción de puertos y regularización de ríos. | Un Ingeniero hidráulico consultor, especializado en la construcción de puertos y regularización de ríos. | Un Ingeniero hidráulico consultor, especializado en la construcción de puertos y regularización de ríos. |
| Un Ingeniero Ayudante, con | 300 | |
| Un Oficial Mayor, con | 220 | |
| Un Contador Revisor, con | 150 | |
| Un Corresponsal Mecanógrafo, con | 120 | |
| Un Dibujante, con | 120 | |
| Un Escribiente Archivero, con | 100 | |
| Un Inspector General de Navegación, con | 400 | |
| Un Ayudante del Inspector, con | 300 |
Artículo 3.° Para desempeñar los cargos anteriores hácense los siguientes nombramientos:
Director General, doctor Alberto Suárez Hoyos.
Ingeniero Ayudante, señor José Dulcey.
Oficial Mayor, señor Alfredo Currea L.
Escribiente Archivero, señor Juan B. Angulo.
Los señores Camilo Vélez y Guillermo González G. continuarán desempeñando los cargos de Inspector General de Navegación y de Ayudante del Inspector, respectivamente, para que fueron nombrados por Decreto número 1919 de 25 de noviembre de 1927.
Artículo 4.° Por decreto separado se proveerán los demás cargos que se crean por el presente, excepto el del Ingeniero hidráulico, cuyos servicios serán contratados en el Exterior.
Artículo 5.° Los señores Alberto Suárez Hoyos y Alfredo Currea L. devengarán los sueldos fijados por el presente Decreto a partir del día primero de los corrientes, por estar prestando sus servicios desde tal fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de junio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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