Por el cual se reorganiza la Sección de Navegación del Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1928-07-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta la autorización conferida al Gobierno por el artículo 14 de la Ley 55 de 1927,

DECRETA:

Artículo 1.º La Sección de Navegación del Ministerio de Obras Públicas se llamará en adelante Dirección General de Navegación y Puertos-Sección 6.ª-del Ministerio de Obras Públicas, y tendrá a su cargo los siguientes negocios: todo lo relativo a la construcción de muelles, faros, boyas y obras marítimas y fluviales en general; la supervigilancia de estas obras, sea que se desarrollen por contrato o por administración directa; los reglamentos y tarifas de las empresas fluviales de transportes; todo lo relativo a la navegación marítima y fluvial; la reglamentación del servicio de alumbrado de los puertos y costas de ambos litorales, y todo lo demás que tenga relación con los asuntos expresados.
Artículo 2.º A partir de la fecha del presente Decreto, el personal y asignaciones mensuales de la expresada Sección serán los siguientes:
Un Jefe Director General, con $ 400
Un Ingeniero hidráulico consultor, especializado en la construcción de puertos y regularización de ríos. Un Ingeniero hidráulico consultor, especializado en la construcción de puertos y regularización de ríos. Un Ingeniero hidráulico consultor, especializado en la construcción de puertos y regularización de ríos.
Un Ingeniero Ayudante, con 300
Un Oficial Mayor, con 220
Un Contador Revisor, con 150
Un Corresponsal Mecanógrafo, con 120
Un Dibujante, con 120
Un Escribiente Archivero, con 100
Un Inspector General de Navegación, con 400
Un Ayudante del Inspector, con 300
Artículo 3.° Para desempeñar los cargos anteriores hácense los siguientes nombramientos:

Director General, doctor Alberto Suárez Hoyos.

Ingeniero Ayudante, señor José Dulcey.

Oficial Mayor, señor Alfredo Currea L.

Escribiente Archivero, señor Juan B. Angulo.

Los señores Camilo Vélez y Guillermo González G. continuarán desempeñando los cargos de Inspector General de Navegación y de Ayudante del Inspector, respectivamente, para que fueron nombrados por Decreto número 1919 de 25 de noviembre de 1927.

Artículo 4.° Por decreto separado se proveerán los demás cargos que se crean por el presente, excepto el del Ingeniero hidráulico, cuyos servicios serán contratados en el Exterior.
Artículo 5.° Los señores Alberto Suárez Hoyos y Alfredo Currea L. devengarán los sueldos fijados por el presente Decreto a partir del día primero de los corrientes, por estar prestando sus servicios desde tal fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Sotero PEÑUELA

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