Por el cual se reglamenta el distintivo del Cuerpo de Paracaidistas de la Fuerza Aérea

Rango Decreto
Publicación 1943-06-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° El distintivo del personal de Paracaidistas de la Fuerza Aérea será el siguiente:

Un circulo de tela de seis centímetros de diámetro, en fondo Azul celeste, con una cenefa bordada en ceda color rojo escarlata de 3 m.m. de ancha; en el centro, bordado en seda blanca y negra, en para caídas desplegado, sosteniendo un escudo nacional en colores, cruzado por dos fusiles en color sepia, entre dos alas bordadas en color amarillo oro.

Artículo 2° Se usará sobre la manga de la blusa, en el brazo izquierdo, cinco centímetros abajo del hombro.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de junio de 1943

ALFONSO LOPEZ

Ministro de Guerra,

Ramón SANTO DOMINGO

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