Sobre varias disposiciones fiscales relativas a las Prefecturas de Gendarmería y Alcaldías Municipales

Rango Decreto
Publicación 1908-10-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Desde el 1.° de Octubre en curso los sueldos mensuales de los Prefectos de Gendarmería y de sus Secretarios serán los que determina el presente Decreto.

Parágrafo. Los sueldos de los expresados Prefectos de Gendarmería y de sus Secretarios sufrirán el descuento del quince por ciento (15 por 100) que determina el Decreto número 375 de 31 de Marzo último.

Artículo 2.° Los sueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios, así como los útiles de escritorio para sus oficinas, serán pagados por los respectivos Municipios, como se hacía anteriormente; y para los efectos del Decreto número 946 de este año la Nación abonará á estos empleados un sobresueldo, el cual será fijado por los respectivos Gobernadores, teniendo en cuenta la categoría de los Municipios y dentro de la cantidad que para tal fin se señala en el presente Decreto y que es la correspondiente á los tres últimos meses del año en curso.

Artículo 3°. Las partidas mensuales para útiles de escritorio de las Prefecturas de Gendarmería serán las siguientes: cinco pesos ($5) para aquellas cuyos Prefectos tienen la asignación de ciento quince pesos ($115); cuatro pesos ($4) para las que tienen los Prefectos el sueldo de noventa y cuatro pesos ($94), y tres pesos ($3) para las que tienen los Prefectos ochenta pesos ($80).

Artículo 4°. Fíjase la cantidad de cincuenta pesos ($50) como viáticos de los Prefectos de Gendarmería en cada una de las visitas que practiquen en toda la Provincia de su jurisdicción, á razón de dos pesos ($2) por cada año, ó cuando lo determine el Ministerio de Guerra, por razones de utilidad pública.

Artículo 5°. Las asignaciones de los servicios á que se refieren los artículos anteriores, por Departamentos, serán las siguientes:

Departamento de Antioquia.
Sueldo del Prefecto de Antioquia, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre $ 282
Sueldos de los Prefectos de Sopetrán y Frontino, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 480
Sueldos de los Secretarios de las tres Prefecturas, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 450
Para útiles de escritorio de las tres Prefecturas en el trimestre 30
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 150
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,527 2,919
Departamento de Barranquilla.
Sueldo del Prefecto de Barranquilla, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldo del Prefecto de Sabanalarga á ochenta pesos mensuales, en el trimestre 240
Pasan 759 2,919
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Para útiles de escritorio de las dos Prefecturas en el trimestre 24
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,719 2,752
Departamento de Bucaramanga.
Sueldo del Prefecto de Bucaramanga, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre $ 282
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Sueldo del Prefecto de Pamplona, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre 282
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Sueldos de los Prefectos de Málaga, San Andrés y Piedecuesta, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 720
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 450
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 51
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 250
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 3,396 5,731
Departamento de Buga.
Sueldo del Prefecto de Buga, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre $ 282
Sueldos de los Prefectos de Cartago, Tuluá y Roldanillo, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 720
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 600
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 39
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 200
Para sobresueldos de Alcaldes Municipales y Secretarios en el trimestre 1,656 3,497
Pasan $ 14,899
Departamento de Cali.
Sueldo del Prefecto de Cali, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre $ 282
Sueldo del Prefecto de Palmira, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre 282
Sueldo del Prefecto de buenaventura, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre 282
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 450
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 36
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 150
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,920 3,402
Departamento de Cartagena.
Sueldos de los Prefectos de Cartagena, Lorica, Carmen y San Andrés de Providencia, á ciento quince pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 1,380
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta y ocho pesos cada uno, en trimestre 696
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 60
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 200
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 3,369 5,705
Departamento de Cúcuta.
Sueldo del Prefecto de Cúcuta, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de Ocaña y El Carmen, á ochenta pesos cada uno, en el trimestre 480
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 33
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 450
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 2,254 4,036
Pasan $ 28,042
Departamento del Distrito Capital.
Sueldo del Prefecto de Bogotá, á ciento cuarenta pesos mensuales, en el trimestre $ 420
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldo del Prefecto de Girardot, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldo del Prefecto de La Mesa, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre 282
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Sueldo de los Prefectos de Fusagasugá y Cáqueza, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 480
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 60
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 250
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 3,204 5,839
Departamento de Facatativá.
Sueldo del Prefecto de Facatativá, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldo del Prefecto de Guaduas, á ochenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 27
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 2,529 3,565
Departamento de Ibagué.
Sueldo del Prefecto de Ibagué, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre $ 282
Pasan $ 282 37,446
Sueldos de los Prefectos del Guamo, Honda, Ambalema, Líbano y Fresno, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 1,200
Sueldos de los Secretarios de estos seis Prefectos, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre 900
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 57
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 300
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 4,137 6,876
Departamento de Ipiales.
Sueldos de los Prefectos de Ipiales y Túqueres, á ciento quince pesos cada uno, en el trimestre $ 690
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta y ocho pesos cada uno, en el trimestre 348
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 30
Viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,125 2,293
Departamento de Jericó.
Sueldos de los Prefectos de Jericó y Fredonia, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 480
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 18
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,473 2,371
Departamento de Manizales.
Sueldo del Prefecto de Manizales, á noventa y cuatro pesos, en el trimestre $ 282
Sueldo del Secretario de éste, á setenta pesos mensuales, en el trimestre 210
Sueldo de los Prefectos de Ríosucio, Salamina, Manzanarez y Pereira, á ochenta pesos cada uno, en el trimestre 960
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 600
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 48
Pasan $ 2,100 48,986
Viáticos de los Prefectos en el trimestre 250
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 3,345 5,695
Departamento de Medellín.
Sueldo del Prefecto de Medellín, á ciento cuarenta pesos mensuales, en el trimestre $ 420
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de Yarumal y Santa Rosa de Osos, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 480
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 33
Viáticos de los Prefectos en el trimestre 150
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre. 3,555 5,112
Departamento de Mompós.
Sueldos de los Prefectos de Mompós y Magangué, á noventa y cuatro pesos cada uno, en el trimestre $ 564
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta y ocho pesos cada uno, en el trimestre 348
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 24
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,599 2,635
Departamento de Neiva.
Sueldo del Prefecto de Neiva, á ciento diez pesos mensuales, en el trimestre $ 330
Sueldos del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de La Plata y Garzón, á ochenta pesos cada uno, en el trimestre 480
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre. 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 39
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 150
Pasan $ 1,473 62,428
Vienen $ 1,473 62,428
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 2,520 3,993
Departamento de Pasto.
Sueldo del Prefecto de Pasto, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de Juanambú y La Cruz, á noventa y cuatro pesos mensuales cada uno, en el trimestre 564
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 300
Sueldo del Intendente del Putumayo, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre 282
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Para útiles de escritorio de las Prefecturas y de la Intendencia en el trimestre 51
Para viáticos de los Prefectos y del Intendente en el trimestre 200
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,170 3,236
Departamento de Popayán.
Sueldo del Prefecto de Popayán, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de Bolívar, Angulo, Silvia, Santander y Caloto, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 1,200
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 750
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 60
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 300
Sobresueldos de los Alcaldes Municipales y sus Secretarios en el trimestre 2,550 5,379
Departamento de Quibdó.
Sueldos de los Prefectos de Quibdó é Istmina, á noventa y cuatro pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 564
Pasan $ 564 75,036
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 24
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,440 2,428
Departamento de San Gil.
Sueldos de los Prefectos de San Gil, Socorro Zapatoca y Vélez, á noventa y cuatro pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 1,128
Sueldo del Prefecto de Charalá, á ochenta pesos mensuales, en el trimestre 240
Sueldos de los cinco Secretarios de estas Prefecturas, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 750
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 57
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 250
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y sus Secretarios en el trimestre 2,196 4,621
Departamento de Santa Marta.
Sueldo del Prefecto de Santa Marta, á ciento quince pesos, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de El Banco, Riohacha y Valledupar, á noventa ay cuatro pesos cada uno, en el trimestre 846
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre 282
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre. 51
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 200
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 4,620 7,118
Pasan $ 89,203
Departamento de Santa Rosa de Viterbo.
Sueldos de los Prefectos de Santa Rosa de Viterbo y Cocuy, á noventa y cuatro pesos cada uno, en el trimestre $ 564
Sueldos de los Prefectos de Soata, Nunchía y Tasco, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 720
Sueldos de los Secretarios de las cinco Prefecturas anteriores, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre 750
Sueldo del Prefecto de Sogamoso, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 66
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 300
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 3,696 6,615
Departamento de Sincelejo.
Sueldos de los Prefectos de Sincelejo y Corozal, á noventa y cuatro pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 564
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos cada uno, en el trimestre. 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 24
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresuledos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,896 2,884
Departamento de Sonsón.
Sueldos de los Prefectos de Sonsón y Marinilla, á noventa y cuatro pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 564
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 300
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 24
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 1,530 2,518
Departamento de Tumaco.
Sueldos de los Prefectos de Tumaco y Barbacoas, á ciento quince pesos mensuales cada uno, en el trimestre 690
Pasan $ 690 101,220
Vienen $ 690 101,220
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta y ocho pesos mensuales cada uno, en el trimestre 348
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 30
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 100
Para sobresuledos de los Alcaldes Municipales y de sus Secretarios en el trimestre 525 1,693
Departamento de Tunja.
Sueldos de los Prefectos de Tunja y Chiquinquirá, á ciento quince pesos mensuales cada uno, en el trimestre $ 690
Sueldo del Secretario del Prefecto de Tunja, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldo del Secretario del Prefecto de Chiquinquirá, á cincuenta pesos mensuales, en el trimestre 150
Sueldo del Prefecto de Guateque, á noventa y cuatro pesos mensuales, en el trimestre 282
Sueldos de los Prefectos de Garagoa, Ramiriquí y Moniquirá, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 720
Sueldos de los Secretarios de estas últimas cuatro Prefecturas, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 600
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 69
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 300
Para sobresueldos de los Alcaldes Municipales y sus Secretarios en el trimestre 2,694 5,679
Departamento de Zipaquirá.
Sueldo del Prefecto de Zipaquirá, á ciento quince pesos mensuales, en el trimestre $ 345
Sueldo del Secretario de éste, á cincuenta y ocho pesos mensuales, en el trimestre 174
Sueldos de los Prefectos de Pacho, Ubaté, Gachetá, Chocontá y Guatavita, á ochenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 1,200
Sueldos de los Secretarios de éstos, á cincuenta pesos mensuales cada uno, en el trimestre 750
Para útiles de escritorio de las Prefecturas en el trimestre 60
Para viáticos de los Prefectos en el trimestre 300
Pasan $ 2,829 108,592
Vienen $ 2,829 108,592
Para sobresuledos de los Alcaldes municipales y de sus Secretarios en el trimestre 2,923 5,752
Suman total $ 114,344

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 28 de Octubre de 1908.

R. REYES

El Ministro de Guerra,

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