Por el cual se ordena la impresión de un folleto en la Imprenta Nacional
ElPresidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo numeró 1043 de 1940, y vista la solicitud del Ministerio de Correos y Telégrafos,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Gobierno, se hará la edición de 3.000 ejemplares de un folleto cuya leyenda en la portada será: Liquidación de mensajes: Instrucciones relativas a la aplicación de los Decretos 767 y 906 de 1941
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a. 26 de junio de 1941.
EDUARDOSANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge. GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito 'Público,
Gonzalo RESTREPO
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