Por el cual se establece el puesto de Interventor del Gobierno en los trabajos de la carretera Calarcá - Murillo
CALARCA-MURILLO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° Establécese el puesto de Ingeniero Interventor del Gobierno Nacional en los trabajos de que trata el contrato celebrado con el Departamento del Valle del Cauca, sobre terminación de la carretera Calarcá-Murillo.
Artículo 2° Nombrase al señor ingeniero Alfredo Ortega Díaz, para desempeñar el puesto mencionado, con sueldo mensual de trescientos pesos ($ 300), el cual debe pagarse con los fondos destinados a dicha obra, según el contrato en referencia.
Artículo 3° A partir del día 1o de los corrientes, el sueldo del ingeniero Jefe de la Comisión Técnica de la Carretera Central del Norte, sección de Santander, señor Ernesto González Concha, será de doscientos setenta pesos ($ 270) mensuales, más la suma de treinta pesos ($ 30), también mensuales para gastos de alimentación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de julio de 1932.
ENRIQUE OI.AYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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