Por el cual se delega la construcción de una obra

Rango Decreto
Publicación 1953-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Delégase en el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales la construcción de la obra de prolongación de la vía férrea desde la Isla de Tumaco hasta el Terminal Marítimo, en la isla del Morro, obra indispensable para evitar los trasbordos.
Artículo 2°. El Ministerio de Obras Públicas entregará al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, con destino a la obra antes mencionada, la cantidad de $70.000.00, los cuales se imputarán al Capítulo 113, artículo 1823 del presupuesto de Gastos para la actual vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de enero de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Jorge Leyva

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