por el cual se modifica la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud, CRES

Rango Decreto
Publicación 2010-01-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación en Salud presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud, CRES,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímese de la planta global de la Unidad Administrativa Especial, Comisión de Regulación en Salud, CRES, el siguiente empleo:
N° de Cargos Denominación Código Grado
Uno (1) Asesor 1020 14
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial, Comisión de Regulación en Salud, CRES, los siguientes empleos:
N° de Cargos Denominación Código Grado
Cinco (5) Asesor 1020 16
Uno (1) Asesor 1020 14
Cuatro (4) Asesor 1020 11
Cuatro (4) Secretario Ejecutivo 4210 24
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
Uno (1) Subdirector Técnico 0150 21
Uno (1) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 21
Uno (1) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 15
Ocho (8) Profesional Especializado 2028 22
Trece (13) Profesional Especializado 2028 21
Tres (3) Profesional Especializado 2028 20
Ocho (8) Profesional Especializado 2028 18
Cuatro (4) Profesional Especializado 2028 12
Dos (2) Profesional Universitario 2044 08
Dos (2) Técnico Administrativo 3124 17
Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 19
Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 19
Artículo 3°. El Coordinador Ejecutivo, mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta Global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.
Artículo 4°. Los empleos vacantes de la planta de personal de la Comisión de Regulación en Salud, CRES, serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1227 de 2005 y demás normas que le adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 4836 de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de enero de 2010.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor

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