Por el cual se establece el servicio de Correo Urbano en la ciudad de Cartagena

Rango Decreto
Publicación 1914-11-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo único. Desde la fecha del presente Decreto establécese en la ciudad de Cartagena servicio de Correo Urbano, con el siguiente personal y asignaciones mensuales:

Un Jefe, con $ 35. Tres Carteteros, con $ 15 cada uno ($ 45).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de octubre de 1914.

jose vicente concha

El Ministro del Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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