Por el cual se suprimen unos empleos, se crean otros y se les asigna sueldo
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de las facultades que le otorga la Ley 59 del presente año, y considerando que en el Presupuesto de Gastos para el año de 1911 fueron suprimidas las partidas correspondientes á las Direcciones subalternas de Estadística de los Departamentos, quedando en consecuencia reducidas considerablemente las funciones de la Dirección General del Ramo,
DECRETA:
Artículo 1.° Desde el 1.| de Enero próximo quedarán suprimidos en la Dirección General de Estadística de la República los siguientes empleos:
El subdirector;
Dos Jefes de Sección;
Dos Oficiales primeros;
Dos Oficiales segundos, y
Cuatro Oficiales terceros.
Artículo 2.° Créanse los puestos de dos Escribientes en la misma Dirección General, con sueldo mensual de $ 50 cada uno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 24 de Diciembre de 1910.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Hacienda,
tomas o. EASTMAN
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