por el cual se modifica la categoría del Círculo Notarial de Silvania, Cundinamarca

Rango Decreto
Publicación 1994-06-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los artículos 16 de la Ley 29 de 1973 y 130 del Decreto 960 de 1970 y oída la propuesta de la Superintendencia de Notariado y Registro, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 171 del 20 de enero de 1994 se creó el Círculo Notarial y la Notaría Unica de Silvania, Cundinamarca, como primera categoría;

Que realizado un nuevo estudio socioeconómico la Superintendencia de Notariado y Registro reconsideró su anterior posición, haciéndose necesario en consecuencia variar la categoría asignada a la Notaría Unica de Silvania;

Que por lo anteriormente expuesto.

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase la categoría del Círculo Notaial de Silvania, Cundinamarca, el cual se clasificará como de segunda categoría.

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplese.

Dado en Santafé de Bogotá, D.,C a los 7 días del mes de junio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Andrés González Díaz

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