Por la cual se declaran terminadas las operaciones de un Banco y se nombra depositario
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En ejercicio de las facultades que le confieren el inciso 17 del artículo 120 de la Constitución y los artículos 60 y 61 de la Ley 57 de 1887,
decreta:
Art 1.° A causa de haber suspendido pagos el Banco Americano de esta ciudad, declarándose terminadas sus operaciones.
Art 2.° Nómbrase depositario del Banco en referencia al Sr. Dr. Santiago Ospina A.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 18 de Diciembre de 1903.
José Manuel MARROQUÍN
El Ministro del Tesoro,
Carlos Arturo TORRES
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