Por el cual se adicionan los Decretos números 243 y 386 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase la planta de personal auxiliar de las tuerzas militares establecida por los Decretos números 243 y 386 del año en curso, en los puestos y asignaciones siguientes:
Para el Estado Mayor General.
Personal de servicio:
Un Ayudante del Correo Militar, con $ 45 mensuales.
Para el Departamento de Intendencia.
Jefatura:
Un Agente Comercial, con $140 mensuales.
Para la Escuela Militar.
Personal de servicio:
Un Sargento segundo (artillero), Guarda almacén, con $ 45 mensuales.
Un Cabo primero Jefe de palafreneros, con $ 30 mensuales.
Un Ayudante del Portero, con $ 30 mensuales.
Una Ropera, con $ 35 mensuales.
Tres Sirvientes de casino, a $ 15 mensuales cada uno, $ 45 mensuales.
Cinco Palafreneros, a $ 15 mensuales cada uno, $75 mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de mayo de 1936
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Benito HERNANDEZ B
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.