Por el cual se adiciona el Decreto número 784 de 1911

Rango Decreto
Publicación 1941-07-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA :

Artículo único. Adiciónanse los artículos 2° y 5° del Decreto número 784 de 1941, en el sentido de que en las capitales de los Departamentos presidirán, junto con el Gobierno y demás autoridades, los festejos del Día Olímpico, las autoridades militares, y en los demás Municipios del país, los Comandantes de guarnición, los que serán a la vez asesores del Ministerio de Educación Nacional para la organización de dicha festividad.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 27 de junio de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

El Ministro de Guerra,

José Joaquín CASTRO M

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.