Por el cual se suprimen unos cargos y se adscriben unas funciones
El Presidenta de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren las Leyes 128 y 150 de 1941,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 16 de mayo en curso, suprímense los cargos de Cajero de la Administración de Aduana de Tumaco y Oficial de Guías de la Sección de Comprobación de la Aduana de Cartagena, con asignaciones de $ 110.00 y $ 70.00, respectivamente.
Artículo 2° A partir de la misma fecha indicada en el artículo anterior, adscríbense al Secretario de la Aduana mencionada, las funciones de Cajero de la misma, quien por tal; razón devengará una asignación mensual de $ 110.00, se denominará Secretario-Cajero y queda obligado a constituir la fianza que para el cargo suprimido tiene señalada la Contraloría General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de mayo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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